Analysis of equality and non-discrimination in the International Law of Human Rights: The case of economic migrants

dc.creatorPalacios Sanabria, María Teresa
dc.creatorTorres Villarreal, María Lucía
dc.date2019-08-27
dc.date.accessioned2020-02-17T22:14:34Z
dc.date.available2020-02-17T22:14:34Z
dc.descriptionMigration is a global reality that increases every day, raises new perspectives of analysis and is complex due to the multiplicity of causes and consequences that it implies. Therefore, countless people leave their places of origin to settle in a destination territory with what this represents in social, legal and economic terms. In the development of the international legal framework around migration, one might think that its provisions are applicable both to nationals and foreigners and there could be no antinomy. However, by making a dogmatic analysis of some of the normative sources and reports that make up this framework, it can be seen that certain exclusions expressly undermine the rights of foreigners and with this, basic premises of human rights. This article raises a reflection from the application of the principle of equality and non-discrimination for the case of economic migrants, because apparently discrimination is legitimized by a prohibited motive and it means a difficulty with respect to formal equality, which entails limitation in the practice of several rights and makes more complex the understanding of the attribution of human rights from its intrinsic value.en-US
dc.descriptionLa migración es una realidad global que aumenta cada día, plantea nuevas perspectivas de análisis y es compleja por la multiplicidad de causas y consecuencias que implica; por ello, un sinnúmero de personas abandonan sus lugares de origen para establecerse en un territorio de destino con lo que esto representa en términos sociales, jurídicos y económicos. En el desarrollo del marco jurídico internacional alrededor de la migración, podría pensarse que sus disposiciones resultan aplicables tanto a nacionales como extranjeros y no podría existir antinomia; sin embargo, al hacer un análisis dogmático de algunas de las fuentes normativas e informes que conforman dicho marco, se puede evidenciar que ciertas exclusiones menoscaban expresamente los derechos de los extranjeros y con ello, premisas básicas de los derechos humanos. Este artículo plantea una reflexión desde la aplicación del principio de igualdad y no discriminación para el caso de los migrantes económicos, pues aparentemente se legitima una discriminación por un motivo prohibido, es decir, existe una dificultad respecto de la igualdad formal, lo que conlleva la limitación en la práctica de varios derechos y hace más compleja la comprensión de la atribución de los derechos humanos desde su valor intrínseco.es-ES
dc.descriptionA migração é uma realidade global que aumenta a cada dia, cria novas perspectivas de análise e é complexa devido à multiplicidade de causas e consequências que ela implica; Por esta razão, inúmeras pessoas deixam seus locais de origem para se estabelecerem em um território de destino com o que isso representa em termos sociais, legais e econômicos. No desenvolvimento do arcabouço legal internacional em torno da migração, pode-se pensar que suas disposições são aplicáveis ​​a nacionais e estrangeiros e que não poderia haver antinomia; No entanto, ao fazer uma análise dogmática de algumas das fontes normativas e relatórios que compõem essa estrutura, pode-se evidenciar que certas exclusões minam expressamente os direitos dos estrangeiros e, com isso, as premissas básicas dos direitos humanos. Este artigo levanta uma reflexão a partir da aplicação do princípio da igualdade e da não discriminação no caso dos migrantes econômicos, pois a discriminação é aparentemente legitimada por uma razão proibida, ou seja, existe uma dificuldade em relação à igualdade formal, o que implica limitação na prática de diversos direitos e torna mais complexa a compreensão da atribuição de direitos humanos a partir de seu valor intrínseco.pt-BR
dc.formatapplication/pdf
dc.identifierhttps://revistas.libertadores.edu.co/index.php/ViaIuris/article/view/903
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/11371/2416
dc.languagespa
dc.publisherVia Iurisen-US
dc.publisherVía Iurises-ES
dc.publisherVía Iurispt-BR
dc.relationhttps://revistas.libertadores.edu.co/index.php/ViaIuris/article/view/903/875
dc.relation/*ref*/Doctrina:
dc.relation/*ref*/Błuś, A. (2013). Beyond the Walls of Paper. Undocumented Migrants, the Border and Human Rights. European Journal of Migration and Law, 15(4), 413-446. Bonet Pérez, J. (2003). Las políticas migratorias y la protección internacional de los derechos y libertades de los inmigrantes un análisis desde la perspectiva del ordenamiento jurídico español. Bilbao (Vizcaya, España) Universidad de Deusto 2003. Buergenthal, T., Grossman, C., & Nikken, P. (1990). Manual Internacional de Derechos Humanos, Instituto Interamericano de Derechos Humanos. San José de Costa Rica: Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Cançado Trindade, A. C. (2003). El Desarraigo como Problema de Derechos Humanos frente a la Conciencia Jurídica Universal. En La nueva dimensión de las necesidades de protección del ser humano en el inicio del siglo XXI (2.a ed., pp. 25-82). Costa Rica: Corte Interamericana de Derechos Humanos. Carrillo Salcedo, J. A. (2001). Soberanía de los estados y derechos humanos en derecho internacional contemporáneo (2.a ed.). Madrid (España) Tecnos. Cassese, A. (1993). Los derechos humanos en el mundo contemporáneo. Barcelona: Ariel. Chetail, V. (2013). The human rights of migrants in general international law: from minimum standards to fundamental rights. Georgetown Immigration Law Journal, 28, 225-255. Cholewinski, R. (1997). Migrant Workers in the International Human Rights Law, Their Protection in Countries of Employment. (Claredon Press, Oxford,). Chueca Sancho, A. (2003). Condición jurídica y derechos de los migrantes indocumentados: la OC- 18/03 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Revista de Derecho Migratorio y Extranjería, 4, 305. Courtis, C. (2006). El juego de los juristas. Ensayo de caracterización de la investigación dogmática. En C. Courtis (Ed.). Observar la ley. Ensayos sobre metodología de la investigación jurídica. España: Editorial Trotta. De Lucas, J. (2002). La herida original de las políticas de inmigración. A propósito del lugar de los derechos humanos en las políticas de inmigración. ISEGORÍA, 26, 59-84. De Lucas, J. (2015). Mediterráneo: el naufragio de Europa. Valencia: Tirant Humanidades. Fernández de Casadevante Romani, C. (2007). El Derecho Internacional de los Derechos Humanos. En Derecho Internacional de los Derechos Humanos (p. 69). Madrid: Dilex. Gros Espiell, H. (2007). Derechos humanos y migraciones. En Migraciones y desarrollo II Jornadas IberoAmericanas de estudios internacionales. Montevideo, 25, 26 y 27 de octubre de 2006. Madrid (España) Marcial Pons 2007. Grütters, C.A.F.M. (2011). Book Review: Refugees, asylum seekers and the rule of law. Comparative perspectives. En European Journal of Migration and Law, 13(2), 241-243. Juste Ruiz, J. (2005). Inmigración, nacionalidad y extranjería: el marco jurídico internacional. En Estudios sobre derecho de extranjería, 2005, ISBN 84-608-0402-X, págs. 297-324 (pp. 297-324). Instituto de Derecho Público. Kariyawasam. (2006). La Convención de las Naciones Unidas sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. En Un mundo sin desarraigo: el Derecho Internacional de las Migraciones, (F. M. Mariño Menéndez, coord.) (pp. 16-28). Catarata. Mariño Menéndez, F. M. (1996). Los derechos de los extranjeros en el Derecho Internacional. En Derecho de extranjería, asilo y refugio, (pp. 109-126). Instituto Nacional de Servicios Sociales. Martínez, J. (2011). Métodos de investigación cualitativa. Revista Silogismo. Nº 08 (1), (julio – diciembre). Olesti Rayo, A. (2005). La inmigración irregular y el control de los flujos migratorios en la Unión Europea. En Soberanía del Estado y derecho internacional: homenaje al profesor Juan Antonio Carrillo Salcedo (M. Vargas, Et. Al, coord.) (págs. 943-964). Universidad de Córdoda, Universidad de Málaga y Universidad de Sevilla. Palacios, M.T. (2012). La vida digna en el contexto de la inmigración: los trabajadores migratorios. Tesis doctoral sin publicación. Universidad de Sevilla, Repositorio Facultad de Derecho, Sevilla, España. Disponible en: https://idus.us.es/xmlui/bitstream/handle/11441/74006/Tesis_Palacios%20Sanabria%2C%20M.%20Teresa.pdf?sequence=1&isAllowed=y Palacios, M. T. (2012 A). La aplicación del principio de igualdad y no discriminación a los trabajadores migratorios. Civilizar. Ciencias Sociales y Humanas, 12(22). Pureza, J. M. (2004). La protección internacional de los derechos humanos en los albores del siglo XXI. Universidad de Deusto. Rodríguez, C. (2007). Análisis crítico de la normativa internacional de protección de los trabajadores migrantes: el papel de la OIT. En Migraciones y desarrollo: II Jornadas Iberoamericanas de Estudios Internacionales, Montevideo, 25, 26 y 27 de octubre de 2006, 2007, ISBN 978-84-9768-420-0, págs. 127-136 (pp. 127-136). Marcial Pons. Sandoval, C.A. (1996). Investigación Cualitativa. Bogotá, Colombia: Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior. Vanheule, D. (2009). The International Convention on the Protection of the rights of All Migrant Workers and Members of their Families. En International Human Rights Law in a Global Context. (p. 473). University Of Deusto, Bilbao: F. Gómez Isa, K. De Feyter. Eds. Varlez, L. (1929). Les migrations internationales et leur règlementation. En Acadèmie de Droit International (Vol. 20, pp. 169-344). París: Librairie Hachette. Varona Martínez, G. (1994). La inmigración irregular derechos y deberes humanos. En Colección Derechos Humanos, Francisco de Vitoria. Ararteko, Guipúzcoa. Villán Durán, C. (2001). La Declaración Universal de Derechos Humanos en la práctica de las Naciones Unidas. En La protección internacional de los derechos humanos a los cincuenta años de la Declaración Universal (A. BlancAltemir, pp. 51–62). Madrid: Tecnos. Villar, P. A. (2005). El fenómeno de la inmigración en Europa, perspectivas jurídicas y económicas. Madrid: Dykinson.
dc.relation/*ref*/Fuentes Internacionales: Asamblea General de las Naciones Unidas. (2019). Informe del Relator Especial sobre los Derechos Humanos de los Migrantes, Sr. Felipe González Morales, 15 de abril (A/HRC/41/38). Asamblea General de las Naciones Unidas. (2018). Informe del Relator Especial sobre los Derechos Humanos de los Migrantes, Sr. Felipe González Morales, 4 de mayo (A/HRC/38/41). Asamblea General de las Naciones Unidas. (2008). Informe del Relator Especial sobre el Derecho a la Alimentación, Sr. Jean Ziegler, 10 de enero (A/HRC/7/5). Asamblea General de las Naciones Unidas. (2006). Diálogo de alto nivel sobre la migración internacional y el desarrollo, 13 de octubre (A/61/515). Asamblea General de las Naciones Unidas. (2005). Informe de la Relatora Especial sobre los Derechos Humanos de los Migrantes, Sra. Gabriela Rodríguez Pizarro, 14 de enero (E/CN.4/2005/85/Add.2). Asamblea General De Naciones Unidas. (2001). Informe, estudios y documentos a estudiar por el Comité preparatorio de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la xenofobia y las formas conexas de Intolerancia, Sra. Gabriela Rodríguez Pizarro (Doc. A/CONF.198/PC.2/23). Carta de las Naciones Unidas. San Francisco, 26 de junio de 1945.Naciones Unidas. (1945, junio 26). Carta de las Naciones Unidas. Comisión de Derecho Internacional. (Julio 10, 2006). Informe Expulsión de extranjeros. Doc. A/CN.4/565. Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia, Recomendación General No. 7, Legislación nacional para combatir el racismo y la discriminación racial, aprobada por la ECRI, el 13 de diciembre de 2002, publicada el 17 de febrero de 2003. Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. (2009). Observación General No. 20. La no discriminación y los derechos económicos, sociales y culturales (artículo 2, párrafo 2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) (Doc. E/C.12/GC/20). Comité de Derechos Humanos. (2008). Observación General No. 15, relativa a la situación de los extranjeros con arreglo al Pacto, 27 de mayo (Doc. HRI/GEN/1/Rev.9 Vol.I). Comité de Derechos Humanos. (2008). Observación General No. 18, relativa a la No discriminación, 37° periodo de sesiones, 27 de mayo (Doc. HRI/GEN/1/Rev.9 Vol. I). Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (2013). Observación General Nº 2 sobre los derechos de los trabajadores migratorios en situación irregular y de sus familiares, 28 de Agosto (Doc. CMW/C/GC/2). Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (2005). Recomendación General No. XXX, Sobre la discriminación contra los no ciudadanos, 65° periodo de sesiones, 27 de mayo (Doc. HRI/GEN/1/Rev. 9, Vol. II). Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (2008), Observaciones Finales. Suecia, 23 de septiembre (Doc. CERD/C/SWE/CO/18). Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial. (2010). Observaciones Finales. Francia, 23 de septiembre (Doc. CERD/C/FRA/CO/17-19). Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial. (2011). Observaciones Finales. España, 8 de abril, (Doc. CERD/C/ESP/CO/18-20). Convención Americana Sobre Derechos Humanos, Suscrita en San José de Costa Rica en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, el 22 de noviembre de 1969. Convención Internacional para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (CERD), Asamblea General de Naciones Unidas, Resolución 2106 A (XX), de 21 de diciembre de 1965, en vigor: 4 de enero de 1969 Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (CTMF), Asamblea General de Naciones Unidas, Resolución 45/158, de 18 de diciembre de 1990, en vigor: 1 de julio de 2003. Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), Asamblea General de Naciones Unidas, Resolución 34/180, de 18 de diciembre de 1979, en vigor: 3 de septiembre de 198 Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, Adoptada en Ginebra, Suiza, el 28 de julio de 1951 por la Conferencia de Plenipotenciarios sobre el Estatuto de los Refugiados y de los Apátridas (Naciones Unidas), convocada por la Asamblea General en su resolución 429 (V), del 14 de diciembre de 1950. Entrada en vigor: 22 de abril de 1954, de conformidad con el artículo 43. Serie Tratados de Naciones Unidas, Nº 2545, Vol. 189, p. 137. Corte Interamericana de Derechos Humanos, Condición Jurídica y Derechos de los Migrantes Indocumentados. Opinión Consultiva No. 18 de 2003 del 17 de septiembre de 2003. Serie A, No. 18. Corte Interamericana de Derechos Humanos. (1984). Opinión Consultiva No. 4 de 1984, Propuesta de Modificación a La Constitución Política de Costa Rica Relacionada con la Naturalización (No. 4, Serie A). Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, Novena Conferencia Internacional Americana, Bogotá, Colombia, 1948. Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 217 (III) el 10 de diciembre de 1948. International Displacement Monitoring Center & Norwegian Refugee Council. (2019). Global Report on Internal Displacement. GRID 2019, May. Naciones Unidas, Departamento de Información Pública, La huída de los venezolanos puede convertirse "en una crisis", 24 de agosto de 2018, disponible en: https://news.un.org/es/story/2018/08/1440272 Naciones Unidas. Departamento de Información Pública, 232 millones de migrantes internacionales viven fuera de su país en todo el mundo, revelan las nuevas estadísticas mundiales sobre migración de las Naciones Unidas. Septiembre 11 de 2013, disponible en: http://www.un.org/es/ga/68/meetings/migration/pdf/press_el_sept%202013_spa.pdf Organización Internacional para las Migración. (2006). Glosario sobre migración. En Derecho Internacional sobre Migración No.7. Ginebra.
dc.relation/*ref*/SICREMI. (2017). Cuarto Informe del Sistema Continuo de Reportes sobre Migración Internacional en las Américas. OEA, OCDE. Recuperado de http://www.oas.org/documents/spa/press/SICREMI-2017-espanol-web-FINAL.pdf
dc.relation/*ref*/Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Gaygusuz c. Austria, No. (A. 1996/40) (16 de septiembre de 1996).
dc.relation/*ref*/Otras fuentes:
dc.relation/*ref*/Congreso de Colombia. (18 de julio de 1997). Por la cual se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la atención, protección, consolidación y esta estabilización socioeconómica de los desplazados internos por la violencia en la República de Colombia. [Ley 387 de 1997]. DO: 43091.
dc.rightsDerechos de autor 2019 Vía Iurises-ES
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/es-ES
dc.sourceVia Iuris; No 27 (2019): Revista Via Iuris 27; 278-317en-US
dc.sourceVía Iuris; Núm. 27 (2019): Revista Via Iuris 27; 278-317es-ES
dc.sourceVía Iuris; n. 27 (2019): Revista Via Iuris 27; 278-317pt-BR
dc.source2500-803X
dc.source1909-5759
dc.subjectMigración, igualdad, no discriminación, derechos humanos, migrantes económicos, Derecho Internacional de los derechos humanos.es-ES
dc.titleAnalysis of equality and non-discrimination in the International Law of Human Rights: The case of economic migrantsen-US
dc.titleAnálisis de la igualdad y la no discriminación en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos: El caso de los migrantes económicoses-ES
dc.titleAnálise da igualdade e não discriminação no Direito Internacional dos Direitos Humanos: o caso dos migrantes econômicospt-BR
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersion
dc.typeArtículo revisado por pareses-ES
Archivos