La efectividad de la acción de repetición en el ordenamiento jurídico colombiano, problemáticas y desafíos
Compartir en:
Citación
- Views
- Downloads
Date
2015Author
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-advisor
Publicador
Fundación Universitaria Los Libertadores. Sede Bogotá.
Documentos PDF
Abstract
Dentro del trabajo se estudia la génesis de la acción de repetición, para lo cual se hará mención a las “teorías sobre la responsabilidad de la administración y de sus funcionarios”, continuando con la “responsabilidad del Estado y de sus agentes en Colombia”, información que le colegirá con jurisprudencia preconstitucional, dado que a través de pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia se inició con la tesis de falla en el servicio, indemnización y posterior repetición del Estado contra el servidor que cometió la conducta dolosa o gravemente culposa, por la que este fue condenado; analizando claro esta si este actuó bajo algún eximente de responsabilidad.
En lo que respecta a la Constituyente de 1991, instancia en el que se estipulo este mecanismo, se analizaran documentos de la “Asamblea Nacional Constituyente” donde se refieren al artículo 90 superior, para lo cual se hará mención a ponencias, remitiéndose para tales efectos a gacetas constitucionales.
En lo que atañe a la doctrina de esta acción contenciosa se encuentra material teórico en su mayoría anteriores a la expedición de la actual legislación administrativa (Ley 1437 de 2011) e igualmente de la creación de la “Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado” (ANDJE), por ende dicho material no ha sido confrontado con la vanguardia social y jurídica, es decir esta como letra inerte carente de cualquier aplicabilidad sistemática, punto neurálgico que se analizara en el trabajo a realizarse, reforzando ello con estadísticas de acciones de repetición en el Consejo de Estado, Tribunal Administrativo de Cundinamarca y Juzgados Administrativos de la ciudad capital, igualmente se analizara una muestra (sentencias) de esta acción, puntualizando en aspecto como por qué no se repite, la cuantía que se pagó, entre otros; posteriormente y mediante entrevistas realizadas a personal idóneo en la materia se puntualizara de manera metódica en las falencias y alternativas de solución. Los antedichos mecanismos, medios y/o métodos arrojaron una dramática realidad de inefectividad de la acción de repetición por una serie de factores sustanciales, procesales, idoneidad de los funcionarios que la aplican, falta de objetividad de los comités de conciliación, en fin son muchos los componentes tanto endógenos como exógeno; por lo que se hace necesario un afianzamiento de las políticas de gobierno en la materia y un subsecuente apoyo por parte del legislativo, debido a que se requiere un robustecimiento normativo que responda de manera directa a la realidad de esta acción. No ajenos a este dantesco panorama de protección del erario se plantearon unas potenciales soluciones teniendo en cuenta apreciaciones de tratadistas y las personales de quien les escribe, como lo son el conocimiento del precedente, análisis preventivo de viabilidad, aplicación efectiva del llamamiento en garantía, afianzamiento del programa de descongestión judicial, entre otros.
Aunado a lo anterior es palmario que la acción en repetición es inefectiva, no ha cumplido con los fines para los cuales fue creada y dada las necesidades de la nación, es prioridad tomar cartas en el asunto, replantear aspectos sustanciales, procesales y procedimentales.
Collections
- Derecho [24]